lunes, 25 de agosto de 2014

¿qué es justicia?

¿Qué es la justicia?

En la intención de dar un significado propio de lo que es la justicia, parto de las concepciones básicas que se tienen sobre ella.
El término justicia viene de Iustitia, y el jurista Ulpiano la definió así: ''Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi''; "La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar (conceder) a cada uno su derecho". Los derechos son: "honeste vivere,alterun non laedere et suum quique tribuere"... "vive honestamente, no hagas daño a nadie y da a cada uno lo suyo".

Una de las cuatro virtudes cardinales, que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o le pertenece.[1] Virtud que inclina a dar a cada uno lo que le pertenece o lo que le corresponde. Derecho, razón, equidad. Lo que debe hacerse según el derecho o la razón.

Para Aristóteles, la justicia es la mesura, simbolizada por la balanza, es decir, por el equilibrio y la proporción: a cada uno su parte, ni mucho ni poco. Es por ello que para el estagirita la justicia consiste en “tratar igual a los iguales, y desigual a los desiguales, pero en proporción a su desigualdad.

Con las tres definiciones anteriores, puedo deducir que la justicia es el valor por el cual la persona se “debe esforzar” día a día para dar a los demás lo que es debido, bueno, aceptable, de acuerdo con el cumplimiento de sus propios deberes instituidos y aceptados por la colectividad a la que pertenece y de acuerdo con los derechos personales también reconocidos. Es dar a cada quien lo que le corresponde.

Históricamente la palabra justicia cuenta con dos elementos (cultural y formal) que le dan sustento. Lo cultural, porque es la colectividad a través de una ideología consensada y compartida, quien define lo que es bueno y malo sobre las conductas u omisiones de los miembros que pertenecen a ella; lo formal, que implica la sistematización o codificación de estas conductas aprobadas como buenas o malas en reglas escritas y que pueden ser aplicadas por las autoridades instituidas para tales casos, y que viene a regular en cierta forma las relaciones armónicas del ente colectivo. Al respecto, retomo la idea rawlsiana en la que dice que “la justicia es un elemento determinante para el funcionamiento de la estructura básica de la sociedad y, por lo tanto, no es la justicia un asunto de estricta moralidad (moral critica) sino más bien una actitud, convicción o disposición de ánimo que facilita el desempeño de las instituciones sociales”.[2]






[1] Diccionario de la Real Academia Española.
[2] RAWLS John, A Theory of Justice, The Belknap Press of Harvard University, Cambridge, Massachusetts, 1980. pp.4, 7.